Límites de precio, justificación obligatoria y sanciones récord
El Congreso de los Diputados avanza en la tramitación de una nueva regulación que transformará por completo el alquiler temporal y el alquiler por habitaciones en España. Se trata de la Proposición de Ley 122/000136, actualmente en fase parlamentaria, cuyo objetivo es frenar prácticas irregulares, controlar los precios y garantizar que los alquileres temporales se utilicen únicamente para necesidades reales y justificadas.
El texto marca un antes y un después en el mercado, ya que introduce medidas que hasta ahora solo se aplicaban al alquiler tradicional.
🔍 1. La finalidad del alquiler debe justificarse por escrito
El proyecto obliga a que todos los contratos temporales incluyan:
La causa concreta de la temporalidad
El motivo del desplazamiento
La duración real vinculada a ese motivo
Si no se acredita esta finalidad, el contrato se considerará alquiler de vivienda permanente.
Esto implica que los propietarios que intenten usar contratos “por meses” como vía para evitar las obligaciones del alquiler habitual estarán incumpliendo la normativa.
💰 2. También habrá límites de precio en los alquileres temporales
Una de las mayores novedades del Proyecto 122/000136 es la introducción del control de rentas en los alquileres temporales completos, siempre que su finalidad sea:
laboral,
profesional,
de estudios
o análoga.
Al considerarse necesidades vinculadas a la vivienda, estos contratos deberán respetar los índices de precios en zonas tensionadas, igual que el alquiler de vivienda habitual.
Esto supone el fin de la libertad de precio en muchos alquileres temporales.
🛏️ 3. Tope estricto para los alquileres por habitaciones
La ley también actúa sobre una de las tendencias más extendidas en grandes ciudades:
La suma del precio de las habitaciones alquiladas por separado no podrá superar el precio máximo que tendría la vivienda completa según el índice correspondiente.
El objetivo es evitar que se multipliquen precios troceando una vivienda en varias habitaciones.
📄 4. Documentación obligatoria para acreditar la temporalidad
Para que un contrato sea reconocido como temporal, deberá incluir documentación como:
matrícula o inscripción académica,
acreditación laboral,
carta de desplazamiento,
o documentos equivalentes.
Sin estos documentos, el contrato no tendrá validez como temporal.
⚠️ 5. Sanciones de hasta 90.000 euros
El proyecto incorpora un régimen sancionador muy severo, con multas por:
no justificar la temporalidad,
incumplir los límites de precio,
falsear el tipo de contrato,
u otras irregularidades graves.
Las sanciones pueden alcanzar los 90.000 €, lo que demuestra la firme intención de acabar con el fraude en este tipo de alquileres.
🛡️ 6. Garantías y fianzas limitadas
El texto fija límites para las garantías adicionales:
Vivienda habitual → máximo dos mensualidades.
Alquiler temporal → máximo una mensualidad.
Se busca evitar que los contratos temporales exijan cantidades desproporcionadas como condición de entrada.
🏛️ 7. Compatibilidad con la normativa autonómica
La Proposición de Ley 122/000136 establece que las comunidades autónomas con leyes propias en materia de vivienda podrán seguir aplicándolas, en el marco de sus competencias.
📌 Conclusión
El Proyecto 122/000136 representa una de las mayores reformas del alquiler en España de los últimos años. Con límites de precio, obligaciones documentales, control del alquiler por habitaciones y sanciones elevadas, la regulación del alquiler de temporada se acerca cada vez más al régimen del alquiler habitual, poniendo fin a muchos de los vacíos legales que existían hasta ahora.
Soy María Sol Nigro Kumvich, fundadora de VIP Sitges Group.
Abogada colegiada en España (ICAB) y en Argentina.
Despacho en Sitges con proyección nacional e internacional.
Especialista en Derecho Inmobiliario, Laboral y Extranjería.
Agente Inmobiliaria colegiada y Administradora de Comunidades de Propietarios.


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